Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN XXXVI - DEUDA PÚBLICA

Fracción-XXXVI

La información relativa a la deuda pública, en términos de la normativa aplicable.

Artículo 95 ° Fracción XXXVI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a las obligaciones o empréstitos que se constituyan en deuda pública y deuda externa, las cuales se hayan contraído en términos de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , las constituciones de las entidades federativas, la Ley General de Deuda Pública, la Ley de Coordinación Fiscal Federal y demás normatividad en la materia.


Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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